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IBM lanza un simulador de ciudades

“No podemos solucionar problemas utilizando el mismo razonamiento que usamos cuando los creamos”. Con esta frase de Albert Einstein como inspiración, IBM lanzaCityOne, un videojuego creado para ayudar a profesionales del urbanismo a aprender sobre los retos que conlleva gestionar una ciudad.


El juego, anunciado en mayo pero lanzado al mercado ayer, se inspira en el popular videojuego Sim City pero con una vocación más orientada hacia la formación. A diferencia del juego que lo precede, la ciudad no se construye de cero, sino que se hereda una localidad ya existente con todos los problemas que eso conlleva.




“Serás su CEO con el objetivo de gestionar un equipo de consultores en cuatro áreas: energía, agua, retail y banca. Cada consultor te avisará de problemas y te darán consejos para mejorarlo”, explica el comunicado de la compañía.

El videojuego encaja a la perfección con la apuesta de IBM por el urbanismo. La compañía lleva varios años invirtiendo recursos en investigación para explorar las sinergias entre la tecnología y la gestión eficaz del urbanismo. Al mismo tiempo, lanza una defensa del videojuego como herramienta de formación.

“¿Qué tienen en común soldados, doctores y profesionales de la informática? Todos utilizan juegos serios para prepararse para escenarios, en muchos casos desastrosos, que ocurren fuera del día a día de su trabajo. Estos juegos no sólo entretienen. Preparan profesionales para trabajar de manera más inteligente permitiendoles visualizar las consecuencias de sus acciones y explorar las permutaciones de eventos de una forma visceral”.

El juego intenta además acabar con el mito que da por hecho que los juegos son sólo para adolescentes.

“En el caso de que pienses que los videojuegos son sólo de interés para chicos de 14 años de edad, el 67% de hogares juegan a videojuegos en EEUU y ese número es más alto en Asia. La media de edad de un jugador es de 35 años y el 47% de los que juegan son aún más mayores. El 48% de los ‘gamers’ en el PC son mujeres según la Entertainment Software Association”.

El tipo de escenarios que te puedes encontrar en el juego. Todos se apoyan en casos prácticos:


Reto energético

La ciudad utiliza generadores de electricidad durante las horas punta de demanda energética. Esto genera emisiones de CO2. ¿Cómo puedes reorganizar tu red de energía para que sea más eficiente evitando así tener que recurrir a estos generadores?

Ejemplos existentes:



Reto del agua

Tu bahía, una reserva natural conocida en todo el mundo, sufre el impacto de la actividad humana y el cambio climatico. Necesitas responder con la creación de un sistema de operaciones para gestionar este problema, además de una plataforma para la investigación científica.

Ejemplos existentes:






Reto retail

Optimiza tu cadena de distribución. El crecimiento de tu tienda electrónica requiere invertir y expandir tu modelo logístico.

Ejemplos existentes






¿Tomarán nota algunos de nuestros alcaldes?

VI CONGRESO INTERNACIONAL DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

VI Congreso Internacional de Ordenación del Territorio se celebra en Pamplona los días 27, 28 y 29 de octubre de 2010.A efectos de la presentación de ponencias y comunicaciones, que como se recoge en el díptico adjunto (pulsar con el Raton para ampliar Imagen) tiene como plazo máximo de presentación el día 1 de septiembre de 2010



Los espacios de participación e innovación en las Ciudades

Hablar sobre Ciudad y Nueva Economía en el acto de presentación de las nuevas Cátedras EOI. Alberto Corsín, Decano de EOI, presentó a los tres Directores de Cátedra, que aportaron su visión sobre la Ciudad como actor social y económico, objeto de referencia de la Nueva Economía.
  • Juan Freire, Director de la Cátedra OEPM/EOI en Economía Digital, presentó distintas iniciativas ciudadanas que, al dialogar con el mercado, contribuyen a conformar la Nueva Economía, como Pachube, Fix my street o, en España, Cordobapedia. Puedes consultar su presentación aquí.
  • Juan Mateos, Creative Industries Research Fellow del NESTA y Director de la Cátedra Vodafone/EOI de Emprendeduría y Nuevas Industrias Creativas, calificó la innovación como inherente a las ciudades, que se abren a nuevos caminos en un contexto de espacios urbanos conectados. Describió la ciudad como las dos caras de una misma moneda: por un lado densidad, diversidad y colaboración, y por otro congestión y desigualdad. Consulta la presentación aquí.
  • Tiago Saraiva, Profesor de UCLA y Director de la Cátedra Red.es/EOI de Humanismo y Tecnología, habló sobre el concepto sprawl, que puede traducirse como “expansión descontrolada”. Según la Comisión Europea, el sprawl supone una grave amenaza para la calidad de vida en las ciudades. Consulta la presentación aquí.


Las presentaciones dieron paso a una mesa redonda en la que se discutió sobre los espacios de participación ciudadana, de acción política y económica, de consumo y negocio, de acceso a la tecnología y de innovación social en entornos urbanos.


Libro sobre derecho urbanístico CLM analiza el marco normativo autonómico

El Derecho Urbanístico de Castilla-La Mancha es el título del libro publicado recientemente por la editorial Civitas en el que de manera pormenorizada y sistemática se estudia el marco normativo autonómico relativo a la ordenación territorial y urbanística.



El texto, que ha sido coordinado por los abogados ciudadrealeños de la empresa Urbanatura, Rodrigo Caballero Veganzones y Rafael Ayala González, surge en el contexto de la reforma legislativa motivado por la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla La Mancha (LOTAU).

Este volumen hace referencia al régimen urbanístico de la propiedad del suelo, a los convenios urbanísticos, a la intervención administrativa en el mercado del suelo y la vivienda, a los instrumentos de planeamiento territorial y urbanístico, a la ejecución de la ordenación territorial y urbanística y a la disciplina urbanística, explicó hoy a Efe, Rafael Ayala.

La obra también se ocupa de analizar los programas de actuaciones organizadoras, de la gestión directa e indirecta, de la aplicación de la legislación de contratos del sector público, de las agrupaciones de intereses urbanísticos, de la reparcelación y del régimen de las cuotas de urbanización, contribuciones especiales y canon de urbanización, entre otros muchos asuntos.

Se trata de un libro colectivo que asegura una gran variedad de perspectivas y puntos de vista, tanto desde el punto de vista técnico como jurídico, enriquecidos por la experiencia profesional o académica en el ámbito de Castilla-La Mancha.

En él conviven capítulos cuyo contenido en atención a su naturaleza tiene un carácter esencialmente dogmático, frente a otros capítulos que se han orientado hacía el análisis de contenido práctico y funcional.

Esta obra, aseguran sus coordinadores, no sólo da continuidad a una abundante labor llevada a cabo por los distintos operadores en la comunidad autónoma desde 1998, sino que pone de manifiesto la consolidación de una cultura urbanística propia en la región.

Fuente EFE.

La Capital de Ciudad Real ha descendido hasta 13 puestos en el ranking de ciudades con mejor reputación del país

La segunda edición del informe Merco sitúa a Ciudad Real en el número 49 de las 78 ciudades del país que analiza la gestión urbana






Ciudad Real ha descendido hasta 13 puestos en el ranking de ciudades con mejor reputación del país, según recoge el informe Mercociudad 2009, elaborado por el Instituto Merco, cuya segunda edición se ha publicado recientemente. En él se refleja que la capital ha pasado de situarse en el puesto 36 de las 78 ciudades con mejor reputación del país a descender al puesto 49, una posición que indica que los datos «no son muy buenos», según informa a este diario Eduardo Moreno, uno de los directores del informe Merco.

Moreno explica que el descenso de puestos se debe a una «pérdida de relevancia de la ciudad», que puede deberse a distintos factores, desde urbanísticos a la gestión municipal u otros aspectos, y que se han podido concretar en «una situación específica que ha hecho caer» de puestos a la ciudad, al tiempo que explica que para realizar el informe analizan parámetros como la oferta de empleo que genera, el tráfico, la contaminación, la gestión política, la seguridad, la limpieza, el transporte o el deporte, entre otros.

Infraestructuras en una era Ecológica

Presentación del "Sistema de Información Urbana" del Ministerio de Vivienda

El Sistema de Planeamiento Urbanistico en La legislación Urbanistica en Castilla La Mancha

El gobierno de Castilla-La Mancha promueve 8,6 millones de metros cuadrados de suelo industrial entre las medidas del pacto por la vivienda.


El consejero de Ordenación del Territorio y Vivienda, Julián Sánchez Pingarrón, ha hecho balance del primer año de gestión de la Empresa Regional de Suelo y Vivienda de Castilla-La Mancha, cuya creación se encuentra entre las medidas del Pacto por la Vivienda que firmó el presidente Barreda con los agentes sociales y que está promoviendo 8,6 millones de metros cuadrados de suelo industrial para la instalación de empresas, además de actuaciones en suelo residencial para la construcción de más de 3.600 viviendas protegidas.

En un desayuno informativo con los medios de comunicación y en lo que se refiere a actuaciones en suelo industrial, Sánchez Pingaron informó que hoy mismo el Gobierno castellano-manchego ha enviado el proyecto de ampliación del polígono industrial de Toledo para someterlo a información pública. Esta ampliación supondrá una inversión de 43,3 millones de euros para generar 1,3 millones de metros cuadrados de suelo en la capital.

En este sentido, el titular de Ordenación del Territorio y Vivienda ha recordado que el desarrollo de suelo industrial es uno de los compromisos para esta legislatura del presidente de Castilla-La Mancha, José María Barreda, y ha detallado las actuaciones que está llevando a cabo esta empresa pública cuya suma total de los polígonos promovidos, ya sea directamente o indirectamente por la vía de financiación, asciende a una superficie de 8,6 millones de metros cuadrados, en ejecución o en programación.

Respecto a la gestión directa, la Empresa Regional de Suelo y Vivienda en sólo un año está desarrollando los polígonos industriales de: Pulgar para generar 18.500 metros cuadrados de suelo industrial; la ampliación del Polígono Industrial de Toledo para generar 1,3 millones de metros cuadrados de suelo en la capital y el Parque Logístico y Aeronáutico de Albacete con una superficie de 817.000 metros cuadrados.

En la segunda vía de actuación, como es la colaboración en la financiación, la Empresa Regional de Suelo y Vivienda está cooperando en 21 nuevos polígonos industriales.

En concreto, estos polígonos son: en la provincia de Albacete, en Tarazona de la Mancha, Fuenteálamo, Villarrobledo y Casas Ibáñez. En la provincia de Ciudad Real en Miguelturra, Villarta de San Juan, Terrinches, Argamasilla de Calatrava, Argamasilla de Alba, Daimiel, Fuencaliente, Bolaños de Calatrava, Torralba de Calatrava y Almadén. En la provincia de Cuenca en Horcajo de Santiago, Sisante, Priego y San Clemente. En la provincia de Guadalajara en Villanueva de la Torre y en la provincia de Toledo en Oropesa, Villacañas y Ajofrín.

Suelo residencial

Sánchez Pingarrón ha recordado que el acceso a la vivienda es uno de los objetivos prioritarios del Gobierno de Barreda, por lo que a través de la Empresa Regional de Suelo y Vivienda se están realizando actuaciones que permitirán la construcción de más de 3.600 viviendas protegidas.

En concreto, el consejero se ha referido al desarrollo de casi 32 hectáreas de suelo residencial en Miguelturra (Ciudad Real) en colaboración con el Ayuntamiento, para unas 1.423 viviendas, de las cuales más de la mitad serán protegidas.

También ha hecho referencia a un desarrollo de suelo residencial de unas 40 hectáreas en Azuqueca de Henares, a petición del Ayuntamiento, que supondrá la construcción de unas 1.750 viviendas, de las cuales unas 875 serán viviendas protegidas y la creación de un barrio avanzado con criterios de eficiencia y sostenibilidad, de estándares dotacionales superiores a los que marca la legislación urbanística.

Otra actuación es la que se está llevando a cabo en el denominado Barrio Avanzado de Toledo que ha diseñado el arquitecto Jean Nouvel, donde se procederá a la construcción de 2.000 viviendas de protección pública.

En estos momentos ya se ha licitado el Concurso Internacional de Arquitectos en el que están participando más de 280 concursantes de todo el mundo, a finales de septiembre se resolverá el concurso por un jurado compuesto de arquitectos de reconocido prestigio y está previsto que a comienzos de 2010 se inicien las obras de urbanización.

Además de estos importantes desarrollos de reservas de suelo preparado para hacer viviendas protegidas, se está trabajando en proyectos concretos de edificación de viviendas como el proyecto de construcción de 60 viviendas de protección oficial de régimen general en la calle Puerta de Chinchilla (Albacete), en un solar que tiene una superficie de 1.141 metros cuadrados, en el que la Empresa Regional de Suelo y Vivienda hará todo el desarrollo de la promoción y la construcción y, además, la promoción de 41 viviendas en Ciudad Real sobre terrenos que fueron de uso militar, en la zona de Altagracia y antiguo cuartel de la Misericordia.

Actuaciones dotacionales

Por último, el consejero ha hecho referencia a la actuación de la Empresa Regional de Suelo y Vivienda en suelo dotacional. En concreto, se está encargando de la redacción y gestión del Proyecto de Singular Interés del Nuevo Hospital Provincial de Cuenca, así como la ejecución de las obras de urbanización.

El área de actuación es de 380.000 metros cuadrados y supone una inversión de 23,7 millones de euros. Dicho proyecto está en la fase de resolución de las alegaciones que se han presentado en el periodo de información pública. Una vez resueltas, se convocará la Comisión Regional de Urbanismo y se procederá a su aprobación definitiva.

Fuente: jjcm.es

Ayudas a los municipios para la redacción, revisión y adaptación del planeamiento general al Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio.

La Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda viene otorgando ayudas a municipios con el objetivo de impulsar la dotación del planeamiento urbanístico a los mismos de acuerdo a sus características y a las concretas necesidades de cada caso, propiciando especialmente los procesos de adaptación del planeamiento tanto al Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y la Actividad Urbanística, aprobado por Decreto Legislativo 1/2004, de 28 de diciembre, como a la demás normativa de aplicación.

La correcta formulación de una política territorial y urbanística tanto por parte de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha como por parte de los municipios de nuestra región, tiene en las figuras de planeamiento el instrumento más idóneo, por lo que desde el Gobierno Regional se están desarrollando distintas medidas para su fomento en el marco de los dictados de la normativa vigente.

La normativa aplicable a las subvenciones y ayudas públicas que pueden otorgarse en materias de competencia dela Comunidad Autónoma está contenida en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en sureglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y en la normativa sobre subvenciones contenida en el Título III del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, modificado por la Ley 9/2006, de 21 de diciembre, y la Ley 15/2007, de 20de diciembre, y en el Decreto 21/2008, de 5 de febrero, que desarrolla el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones, así como por lo previsto en las demás normas concordantes que resulten de aplicación.

Dada la diversidad de escenarios, necesidades y perspectivas en que se mueve el desarrollo de la política de planificación en el ámbito municipal, así como la diversidad propia de los municipios de nuestra región, de sus característicasgeográficas, demográficas y de dinámica urbanística, hacen precisa una adecuada regulación del régimen de ayudas que la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda otorga a éstos a la hora de redactar su planeamiento, recogiendo todas esas especialidades y teniendo en consideración que no pueden ser trasladadas desde unos ámbitos espaciales a otros. Por ello, el procedimiento de concesión de las ayudas es el denominado de evaluación individualizada, establecido en el artículo 75.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, y desarrollado en el artículo 32 del Reglamento de desarrollo del mismo, aprobado por Decreto 21/2008, de 5 de febrero, sin que sea necesario establecer la comparación de las solicitudes ni la prelación entre las mismas, salvo la temporal en la concesión de las ayudas. En cuanto al procedimiento de concesión, esta Orden da cumplimiento a los criterios de publicidad, libre concurrencia y objetividad.

En base a lo expuesto, y de conformidad con las previsiones presupuestarias contenidas en la Ley 10/2008, de 19 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2009, la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda aprueba mediante la presente Orden las bases reguladoras que han de regir la concesión de ayudas a los municipios para la financiación de actuaciones de adaptación del planeamiento general al Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y la Actividad Urbanística, aprobado por Decreto Legislativo 1/2004, de 28 de diciembre.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 21/2008, de 5 de febrero, de desarrollo del referido Texto Refundido en materia de subvenciones y ayudas públicas, esta Consejería ha tenido a bien disponer las siguientes bases reguladoras:

Primera. Objeto y régimen de concesión de las ayudas.
La presente Orden tiene por objeto regular y convocar la concesión de ayudas en régimen de evaluación individualizada a los Municipios para la realización de actuaciones relacionadas con el planeamiento general dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para el ejercicio 2009.

A los efectos de la presente Orden, se entiende por planeamiento general la redacción íntegra de Planes de Ordenación Municipal y Planes de Delimitación de Suelo Urbano, de acuerdo con la legislación vigente en Castilla-La Mancha en materia de ordenación territorial y urbanística.

Las ayudas reguladas en la presente Orden se concederán a solicitud de los municipios en los que concurran las condiciones y requisitos establecidos en la misma en régimen de evaluación individualizada de carácter excepcional en atención a la diversidad propia de los municipios de la región así como a los distintos escenarios,necesidades y perspectivas en que se mueve el desarrollo de la política de planificación en el ámbito municipal.

La concesión de las ayudas que regula esta Orden será conforme a la prelación temporal de las solicitudes efectuadas y estará limitada a las disponibilidades presupuestarias que se determinen al efecto.

Segunda. Conceptos subvencionables.

1. Las ayudas contempladas en esta Orden deberán ser destinadas a sufragar los costes de honorarios profesionales de las siguientes actuaciones:
a) Redacción de los instrumentos de revisión de planeamiento general municipal, ya sea para proceder a la adaptación del vigente al Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, ya sea por cualquiera otras de las causas contenidas en el artículo 40 de dicha norma.
b) Redacción de instrumentos de planeamiento general en municipios que carezcan de los mismos.

2. El documento de planeamiento a realizar deberá comprender, además de los vuelos y la cartografía precisos para su redacción, la totalidad de contenidos que resulten exigibles conforme a la normativa de ordenación territorial y urbanística vigente en cada momento, así como a la demás que en cada caso resulte de aplicación, y en todo caso, se formalizará en el soporte y con las exigencias documentales y gráficas que exija dicha normativa.

3. La redacción del planeamiento urbanístico objeto de la ayuda se realizará por un equipo técnico de composición multidisciplinar, cuya designación devendrá de procedimiento licitatorio realizado conforme a la legislación de contratos del sector público.

4. Serán de cuenta de los municipios beneficiarios los costes de copias, reprografía, suplidos y análogos que deriven del desarrollo de los trabajos de redacción del planeamiento.

Tercera. Beneficiarios.
1. Tendrán la consideración de beneficiarios a los efectos de la presente Orden los municipios de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
2. Atendiendo a la naturaleza de las subvenciones reguladas en la presente Orden y al amparo de lo establecido en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las entidades solicitantes quedan exceptuadas, a efectos de la concesión de las mismas, de las prohibiciones establecidas en dicho precepto legal, salvo la relativa a estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones y obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

Cuarta. Concesión de las ayudas.
1. Las ayudas se concederán mediante resolución de la persona titular de la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda.
2. El contenido de la resolución y demás condiciones de la ayuda se formalizará en un convenio a suscribir por la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda y el municipio beneficiario.

Quinta. Solicitudes y documentación.
1. Las solicitudes se realizarán por el órgano competente del municipio, conforme a los dictados de la normativa de régimen local.

2. Se dirigirán a las Delegaciones Provinciales correspondientes de la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda, presentándose en sus registros o en cualquiera de los demás órganos u oficinas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según el modelo que figura como Anexo I de esta Orden. Asimismo las solicitudes se podrán presentar a través de los servicios telemáticos habilitados en la página web de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

3. Las solicitudes se formalizarán en el modelo normalizado que se adjunta a la presente Orden como Anexo I, y se acompañarán de la siguiente documentación mínima:

a) Memoria justificativa conteniendo los siguientes extremos:
1.º Planeamiento general vigente en el municipio y justificación de la formulación del planeamiento objeto de la solicitud.
2.º Cronograma de los trabajos referidos en el apartado anterior que recoja las previsiones de ejecución de los mismos,según modelo normalizado adjunto a esta Orden como Anexo II.
b) Certificado del acuerdo adoptado por el órgano municipal competente relativo al inicio del procedimiento para la contratación de los trabajos de redacción del planeamiento objeto de la solicitud, y demás documentos exigibles por las distintas legislaciones sectoriales y que deban de completar a éstos, tras el correspondiente procedimiento seguido de conformidad con la legislación de contratos del sector público.
c) Compromiso de realización de los trabajos objeto de la ayuda así como de financiación del resto del presupuesto no subvencionado por la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda en base a los criterios establecidos en esta Orden, incluyendo las modificaciones que puedan implicar un incremento de dicho presupuesto.
d) Certificado del acuerdo del órgano municipal correspondiente por el cual se faculte expresamente al Alcalde para la firma del convenio de colaboración y cuanta documentación resulte sea precisa.
e) Declaración responsable de otras subvenciones concedidas y/o solicitadas por otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, para la misma finalidad, según modelo normalizado adjunto a esta Orden como Anexo III. En el caso que se tenga concedida otra ayuda de la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda para la redacción del planeamiento urbanístico, se señalarán las condiciones de la ayuda, la situación de tramitación del plan urbanístico y el grado de cumplimiento de los compromisos de la ayuda.
f) Declaración responsable de estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
g) Certificado de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Tesorería General de la Seguridad Social.
4. El plazo de presentación de las solicitudes finalizará el 31 de diciembre del año 2009.

Sexta. Tramitación.
1. La correspondiente Delegación Provincial de la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda emitirá informe acerca del contenido de la documentación de la solicitud, valorando la necesidad de la actuación así como su adecuación a los contenidos de la presente Orden y a la normativa vigente en materia de ordenación territorial y urbanística,
remitiendo el expediente a la Dirección General de Urbanismo, dentro del mes siguiente a su presentación.
2. Si la solicitud es incompleta, inexacta o presenta defectos, la Delegación Provincial o la Dirección General de
Urbanismo requerirán al municipio correspondiente para su subsanación y mejora en los términos del artículo 71 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento AdministrativoComún. Los referidos requerimientos conllevarán la suspensión del plazo para resolver hasta su atencióno transcurso del plazo concedido.
3. Por la Dirección General de Urbanismo, cuando así proceda, se realizará la propuesta de resolución de concesiónde la ayuda sobre la base de los contenidos de la presente Orden, y de acuerdo con las disponibilidades presupuestariasen cada momento concurrentes.
4. La solicitud se resolverá según lo previsto en el apartado 1 de la base cuarta, en el plazo máximo de tres meses.
El citado plazo se computará desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competentepara su tramitación.
Transcurrido el plazo para resolver sin que se hubiese dictado y notificado resolución expresa, las solicitudes podrán entendersedesestimadas por silencio administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 2.2 de la Ley 8/2006, de 20 de diciembre, que establece el Régimen Jurídico aplicable a la Resolución Administrativa en determinadas materias.
5. La resolución favorable por la que se conceda la ayuda contará, como mínimo, con el siguiente contenido:

a) Finalidad concreta para la cual se concede.
b) Importe de la ayuda concedida.
c) Determinaciones temporales para la licitación y ejecución de los trabajos e importe de las anualidades de los abonos parciales conforme a lo dispuesto en la base octava.
d) Condiciones que se impongan al beneficiario, plazo y forma de justificación del cumplimiento de la finalidad, de acuerdo con la Ley 9/2006, de 21 de diciembre, de modificación del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones.
e) Cualquier otra especificación que se considere oportuna en cada caso concreto.
6. Sin perjuicio de la notificación individualizada de la resolución al municipio solicitante de la ayuda, las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda procederán a publicar en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha con periodicidad trimestral relación de las ayudas concedidas en el período anterior.

Séptima. Importe máximo de la ayuda.
1. El importe de la ayuda en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras Administraciones Públicas o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario según el artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
2. El importe máximo de la ayuda es el 90% del precio de licitación de los trabajos de redacción del plan descritos en la base segunda de la presente Orden, si bien dicho límite se ajustará a las siguientes cantidades en función de la figura de planeamiento general de que se trate y del número de habitantes de derecho de cada municipio:
a) Para Planes de Delimitación de Suelo Urbano, el importe de la ayuda podrá alcanzar hasta la cantidad máxima de 90.000 euros.
b) Para Planes de Ordenación Municipal:
1) Hasta 2.000 habitantes de derecho, el importe de la ayuda podrá alcanzar hasta la cantidad máxima de 120.000 euros.
2) de 2.001 habitantes a 5.000 habitantes de derecho, el importe de la ayuda podrá alcanzar hasta la cantidad máxima de 180.000 euros.
4) de 5.001 habitantes a 15.000 habitantes de derecho, el importe de la ayuda podrá alcanzar hasta la cantidad máxima de 240.000 euros.
5) de 15.001 habitantes a 25.000 habitantes de derecho, el importe de la ayuda podrá alcanzar hasta la cantidad máxima de 300.000 euros.
6) Más de 25.000 habitantes de derecho, el importe de la ayuda podrá alcanzar hasta la cantidad máxima de 360.000 euros.
3. Caso de producirse baja en la adjudicación respecto del precio de licitación, la misma se aplicará íntegramente a las cantidades aportadas como ayuda por la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda, reduciendo la cuantía de las mismas.
4. Las posibles modificaciones al alza del precio de adjudicación del contrato serán ajenas a las ayudas objeto de la presente Orden y, por tanto, de exclusiva cuenta del municipio correspondiente.

Octava. Abono de la ayuda.
El abono de la ayuda concedida se hará efectivo del modo siguiente, tras la firma del convenio de colaboración entre la Consejería de Ordenación del Territorio y el Ayuntamiento correspondiente y previa comprobación por la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda de los documentos que justifiquen la misma en los términos de la base decimosegunda:

1) Una vez cumplido el trámite de información pública de dicho planeamiento, se abonará el 20 % de la ayuda.
2) Adoptado el acuerdo de aprobación inicial del Plan se abonará el 20 % de la ayuda.
3) Adoptado el acuerdo de aprobación definitiva del Plan se abonará el 35 % de la ayuda, siempre y cuando éste no contenga subsanaciones o condiciones para su plena eficacia que deban ser realizadas por el municipio, en cuyo caso, el abono se producirá una vez que se acredite el cumplimiento de dichas subsanaciones o condiciones.

4) El 25% restante será abonado una vez publicadas en la forma que corresponda el acuerdo de aprobación y la normativa del planeamiento y, en todo caso, cuando se acredite el cumplimiento de la totalidad de las obligaciones asumidas por el municipio en el convenio referido en el apartado 2 de la cuarta de la presente Orden.

Novena. Disponibilidad presupuestaria.
1. La cuantía máxima total por las ayudas reguladas en la presente Orden en el ejercicio presupuestario vigente en cada momento coincidirá con el crédito presupuestario existente en la aplicación o aplicaciones a que se impute el gasto.
2. Las ayudas reguladas en la presente Orden se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 17070000G/432A/76000.

Décima. Obligaciones de los beneficiarios.
Los municipios beneficiarios de las ayudas tendrán las siguientes obligaciones, además de las restantes que se contienen en esta Orden:

a) Realizar la actividad en la forma y plazos establecidos que fundamenta la concesión de ayuda.
b) Incorporar en los pliegos de contratación del equipo redactor del planeamiento las prescripciones contenidas al efecto en la normativa territorial y urbanística así como las aprobadas para tal finalidad por la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda.

c) Justificar ante la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda el cumplimiento de los requisitos y condiciones,
así como la realización de la actividad y cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión de la ayuda.
d) Someterse a las actuaciones de comprobación de la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda, sin perjuicio de las de control que corresponda a los órganos o tribunales de fiscalización de cuentas.
e) Comunicar a la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad procedentes de cualesquiera Administración o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, así como cualquier eventualidad que se produzca en el desarrollo de los trabajos.
f) Comunicar a la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda la alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la ayuda.
g) Establecer los medios necesarios de coordinación con las correspondientes Delegaciones Provinciales de la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda en orden al seguimiento de la contratación, redacción y tramitación de la actividad objeto de ayuda.
h) En desarrollo de lo anterior, por el municipio beneficiario se aportará la documentación que se establezca en la resolución de concesión de la ayuda o la requerida por la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda según los contenidos de esta Orden en aras a la justificación de la realización de la actividad subvencionada.
i) Hacer constar en toda información o publicidad que la actividad está subvencionada por la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda.
j) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
k) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en la base undécima.
l) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos puedan ser exigibles, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control respecto de la actividad subvencionada.
ll) El planeamiento, una vez aprobado, deberá ser depositado en la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda con las exigencias recogidas en la legislación vigente y, en su caso, en el convenio a que se refiere la base cuarta. El depósito de los planes objeto de ayudas reguladas en la presente Orden supondrá la cesión de su titularidad a todos los efectos a favor de la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda, la cual podrá proceder a su publicidad y difusión por cualquier medio, por sí mismo o en colaboración con otros sujetos, a los fines previstos en el Texto Refundido de la Ley de Suelo, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, y demás normativa que resulte de aplicación.
m) Cuantas otras resulten de aplicación en virtud de la normativa vigente.

Undécima. Revocación de la ayuda.
1. Se producirá la revocación de la ayuda y, asimismo, el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de las mismas, en los casos siguientes, sin perjuicio de otros establecidos legalmente:
a) Obtención de la ayuda falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquellas que lo hubieran impedido.
b) Incumplimiento total o parcial de la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda, así como la inactividad injustificada por parte del sujeto perceptor de la misma en plazo superior al de caducidad regulado por la Ley 30/1992, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común.
c) Incumplimiento de la obligación de justificación o justificación insuficiente.
d) La negativa u obstrucción a las actuaciones de colaboración interadministrativa y control reguladas en la presente Orden.
e) Cuantas otras causas se prevean en la normativa de subvenciones y demás de aplicación.
2. El incumplimiento de los plazos de realización de los trabajos establecidos en la resolución recogida en el número 5 de la base sexta producirá la revocación de la ayuda pendiente de percibir, salvo que por causa justificada, se determine por la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda la prórroga de los mismos.
3. La resolución sobre la revocación de la ayuda y, en su caso, sobre el reintegro de las cantidades que procedan, corresponde a la persona titular de la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda.

Decimosegunda. Justificación.
1. La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión de la ayuda revestirá la forma de Memoria justificativa de las actividades realizadas en los términos del artículo 41 del Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones.
La formalización de la Memoria justificativa constituye un acto obligatorio del beneficiario, en la que se deben incluir, bajo responsabilidad del declarante, los justificantes de gasto o cualquier otro documento con validez jurídica que permita acreditar el cumplimiento del objeto de la ayuda. La Memoria justificativa deberá incluir declaración de las actividades realizadas que han sido financiadas con la ayuda y su coste, con el desglose de cada uno de los gastos incurridos, y su presentación se realizará, como máximo, en un mes desde la finalización del plazo para la realización de la actividad.
2. Cuando la actividad haya sido financiada además de con la ayuda, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas.Disposición transitoria primera. Convenios y protocolos reguladores de ayudas al planeamiento en vigor.Los convenios reguladores de ayudas al planeamiento general suscritos entre la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda y las Corporaciones Locales que, a la entrada en vigor de la presente Orden, estén en vigor,mantendrán su plena vigencia y efectos.

Los municipios que tengan suscritos protocolos preparatorios de los convenios referidos en el párrafo anterior deberán someterse a las condiciones de la presente Orden.

Disposición transitoria segunda. Planeamientos en redacción y planeamientos redactados en tramitación.

Los municipios que a la entrada en vigor de esta Orden estuviesen realizando los trabajos de redacción del planeamiento a que se refiere la misma o bien tengan en curso su tramitación, podrán solicitar las ayudas objeto de la misma en el plazo de cuatro meses desde dicha entrada en vigor, si bien la forma de abono de la ayuda se regirá específicamente en atención al grado de desarrollo de tales trabajos a través de convenio a suscribir por la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda y el municipio beneficiario de la ayuda.

Se faculta a la persona titular de la Dirección General de Urbanismo para que dicte las instrucciones que resulten precisas para el desarrollo y la ejecución de esta Orden.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Toledo, 21 de abril de 2009

El Consejero de Ordenación del Territorio y Vivienda

Fuente : Diario Oficial de Castilla La Mancha.

El Senado pide un modelo de sociedades de tasación que cumpla los principios de independencia y objetividad

La Comisión de Economía del Senado aprobó hoy por unanimidad una moción en la que insta al Gobierno central a regular un modelo de sociedades de tasación de pisos que cumpla los principios básicos de independencia y objetividad" y los principios constitucionales referentes a la "protección de los consumidores".

En la Cámara Alta, el senador del BNG, Xosé Manuel Pérez Bouza, defendió dos mociones dirigidas a "aliviar" los problemas de los ciudadanos cuando se ven en la situación de que sus viviendas han sido embargadas por no poder asumir las hipotecas.

El senador del Bloque explicó que en la actualidad existe una gran confluencia entre las sociedades de tasación y las entidades bancarias y que, de hecho, "muchas de esas sociedades están participadas por bancos". "Todo el mundo sabe que tasan los bienes inmuebles cuando los ciudadanos acuden a un banco para solicitar un préstamo por una vivienda", evidenció.

En este sentido, aludió a los estudios en los que se pone de manifiesto que las tasadoras tienden a generar un valor de tasación superior al valor real del inmueble y señaló que "el problema se multiplica en situaciones de crisis económica"

Así, puso el acento en que en los casos de desahucio y embargo de vivienda, las valoraciones de estas tasadoras "se reducen hasta un 40% cuando los órganos públicos sólo indican que el previos de la vivienda baja una media de un 10%".

A este respecto, concluyó que las familias "no sólo se quedan sin vivienda, sino que por encima tienen que hacer frente al resto del crédito". "Es una situación de indefensión de los ciudadanos reconocida por la Comisión Nacional del Mercado de Valores", subrayó.

Fuente : inmodiario.com

Aerco pide al Gobierno proyectos de Obra Publica para las empresas medianas

La Asociación Nacional de Empresas Constructoras de Obra Pública (Aerco) pidió hoy a la Administración que fragmente los contratos de obra en proyectos de menor dimensión y presupuesto con el fin de facilitar el acceso a la financiación necesaria para ejecutarlos a todas las empresas del sector y no sólo a las de mayor tamaño.

La división de los contratos de obra pública en proyectos de alrededor de unos 50 millones de euros (salvo aquellos en que resulte imposible por su singularidad) generará además más empleo y más competencia en el sector.

Así lo aseguró hoy el presidente de la patronal, Javier Sáenz Cosculluela, quien argumentó que, de esta forma, "todas las empresas podrán luchar razonablemente ante la crisis".

Aerco reúne a unas 31 empresas de una media de unos 250 trabajadores, que operan en el territorio nacional y que conjuntamente facturan unos 7.000 millones de euros anuales.

Según sus datos, recabados a partir de la experiencia de los últimos años, sólo en empleos inducidos, la ejecución de obras en contratos más reducidos generá hasta tres veces más puestos de trabajo que uno de mayor dimensión. "Es preciso pensar en el empleo a la hora de diseñar el gasto público", indicó Sáenz Cosculluela.

Ante el plan de inversión extraordinaria de infraestructuras que elabora el Ministerio de Fomento, Aerco solicitó contar con las mismas condiciones que los grandes grupos. Demandan que en caso de que finalmente se articule una línea de avales o mejoras de garantías y riesgos para participar en el plan, se extiendan a todo el sector.

Además, pidió que el diseño de este plan, así como la próxima revisión del Plan Estratégico de Infraestructuras y Transportes (PEIT), aunque se pida opinión del sector, sea una labor de Fomento y que se acuerde en el Parlamento, y que no se dibuje "en función de quien puede contribuir a financiarlo", dijo en referencia a las grandes firmas del sector.

Entre el resto de medidas que la patronal de medianas constructoras traslada a la Administración para mejorar la competencia en el sector destaca la de corregir las bajas excesivas (contratación de obras por importes muy inferiores a los del presupuesto de licitación) y primar en las adjudicaciones a las empresas que ejecutan directamente las obras y no las subcontratas.

El presidente de Aerco reivindicó la capacidad de las empresas que conforman la patronal para ejecutar obra pública sin subcontratar y participar en planes que requieran la participación privada, si bien en principio rechaza sistemas de financiación extrapresupuestaria. Según sus datos, en 2008 se adjudicaron proyectos con las distintas administraciones por 800 millones, el doble que hace tan sólo cuatro años.

De igual forma, mostró la disposición de la patronal a "aunar esfuerzos y criterios" con el resto de patronales del sector, Seopan (la de grandes constructoras) y Anci, si bien reconoció que los "intereses económicos y estratégicos" que defiende cada organización "no siempre son los mismos".

Fuente : Inmodiario.com

El Congreso debate este martes la eliminación de la Sociedad Pública de Alquiler

MADRID. El Grupo Popular ha registrado en el Congreso una proposición no de ley del PP que pretende instar al Gobierno a eliminar la Sociedad Pública de Alquiler (SPA) que, a su entender, ha constituido "un auténtico fracaso" desde su creación en 2005, y pide transferir sus fondos a las comunidades autónomas.

En el texto de la iniciativa, los 'populares' denuncian los resultados de gestión de esta sociedad --alrededor de 9.500 viviendas alquiladas en toda España--, aunque considera que su mayor "fracaso" se produce en el apartado económico. En total, la SPA contaba con unas pérdidas acumuladas de 21,2 millones de euros al cierre del último ejercicio, según los últimos datos aportados por el Ministerio de Vivienda.

Esta cantidad supone un importe superior a su capital social que fue, al tiempo de su constitución, de 20 millones de euros. En este sentido, la proposición recuerda que según la ley, esta situación de "quiebra técnica" es causa de disolución ante la que sólo caben tres soluciones: disolver la sociedad, aumentar su capital social o reducirlo "en la medida suficiente".

ACUSA AL GOBIERNO DE "PLEGARSE" A LA BANCA.

Por este motivo, el PP aboga por que la sociedad se disuelva y sus fondos sean repartidos entre las autonomías que, según recuerda, son las administraciones que "ostentan las competencias" en materia de vivienda.

La Comisión de Vivienda también debatirá otra iniciativa de los 'populares' que propone que el diferencial para el tipo de interés variable sobre las hipotecas de vivienda protegida se limite al 0,65% para que los clientes puedan beneficiarse de las reducciones de los tipos de interés registradas en el mercado interbancario en los últimos meses.

VPO REALMENTE PARA LOS QUE TIENEN MENOS RENTAS.

Este diferencial se aplicaría tanto a las hipotecas sobre VPO del Plan de Vivienda 2009-2012, como para el anterior, referido al periodo 2009-2012. En este sentido, el PP denuncia que el Gobierno se "plegó" a los intereses de la banca en detrimento de los ciudadanos, al aceptar que en el nuevo Plan el diferencial oscile entre el 0,25% y el 1,25%, y consideran que las entidades negociarán los préstamos en el tramo máximo de esta franja.

Además, los 'populares reclaman que el tipo de interés convenido nunca sea superior a la media del Indice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH), multiplicado por un coeficiente reductor del 0,9175%.

"Si realmente se quiere que la VPO siga siendo una vivienda dirigida a los que tienen menos rentas, es preciso que se adopten las modificaciones normativas correspondientes", advierte el texto de la iniciativa.

Entevista a Manuel Castells en el citilab de Cornellá



En términos de liderazgo cultural y político estamos en una época en que los flujos de información a través del espacio de internet y del espacio de la comunicación se convierten en el ámbito dominante. El problema que puede suceder es que a veces los ciudadanos, como personas, quedan fuera de ese espacio. Al mismo tiempo, los ciudadanos que siguen viviendo en sus barrios, en su ciudad, sin conectarse a Internet -que es donde se genera la cultura global y donde se decide económica y políticamente su destino- quedan totalmente desconectados. Así pues, lo más importante en este tipo de sociedades es conectar lo global con lo local. Es lo que yo llamo conectar el espacio de los flujos con el espacio de los lugares, y en este sentido, las ciudades que consiguen conectar ambos y que tienen un liderazgo en términos de intervención en el espacio global, pero en beneficio de los ciudadanos que representan, son las ciudades que se situarán como líderes de nuevas formas de vida. ¿Esto tiene implicación económica? Pues en cierto sentido sí, porque los ciudadanos que sigan informados, que estén articulados con las nuevas tecnologías y que al mismo tiempo mantengan su cultura y su ciudadanía son aquellos que serán más capaces de producir conocimiento, información y, en último término, valor en una economía de la información y del conocimiento. Es decir, lograr que coincida lo que es necesario hacer tecnológicamente, con lo que es necesario hacer social y políticamente y con lo que es necesario hacer económicamente. El problema es que, para poder disfrutar de esa suerte, hay que saber vincular los tres aspectos. Es algo muy difícil, por esto las ciudades que sean capaces de hacerlo serán líderes.

fuente: http://es.citilab.eu

Jose Luis de Vicente | arquitecturas dinamicas y sistemas digitales urbanos



Desde la segunda mitad del siglo XX, teóricos urbanistas y movimientos arquitectónicos de vanguardia empezaron a plantear que en las siguientes décadas, la experiencia urbana no estaría definida principalmente por las construcciones. La ciudad del siglo 21 sería dinámica, y sus espacios se adaptarían al comportamiento de sus habitantes. Cincuenta años después, las tecnologías móviles y la informatización de infraestructuras y procesos plantean desde múltiples frentes la redefinición de lo urbano desde lo digital. Esta presentación recorrerá la historia de cómo hemos imaginado, y cómo estamos construyendo, la ciudad híbrida.

fuente: www.unia.es

Juan Freire | De la ciudad hibrida al urbanismo P2P



Las promesas de la unión de tecnología y ciudad comienzan a hacerse realidad, aunque no siempre esa realidad responde a las expectativas creadas. O más bien, en la mayor parte de casos no existían expectativas reales más allá del efecto glamuroso y moderno de la introducción de tecnologías en los modelos convencionales de gestión urbana.


Pero la ciudad contemporánea no puede ya entenderse sin la tecnología y las prácticas y cultura digital que genera. Y los modelos de gestión urbano no pueden permanecer al margen de estos cambios sociales. En este sentido, la integración de la tecnología en los espacios urbanos plantea dos retos. Por una parte, la diversidad y complejidad de fuentes de información y bases de datos que soportan el funcionamiento de una ciudad hacen necesario el desarrollo de herramentas de visualización de la piel digital de los espacios urbanos que permitan a los usuarios, sea estos gestores o los propios ciudadanos, apropiarse de la información para la exploración de la ciudad y la toma de decisiones. Pero por otra parte, las plataformas digitales urbanas recuperan un ya viejo debate sobre un concepto tan manipulado como importante como es el de la participación ciudadana. Respecto a este segundo reto nos encontramos básicamente con dos alternativas: 1) diseñar sistemas de información que ofrezcan a los ciudadanos la posibilidad, en el mejor de los casos, de visualizar datos y aportar su opinión sobre unos pocos temas, casi siempre banales, definidos a priori por los responsables urbanos; o 2) diseñar sistemas para la participación abierta que permitan a los ciudadanos contribuir y apropiarse de la información para nuevos usos y para promover debates inesperados y proyectos no planificados a priori.

fuente: www.unia.es

Proyectos de obras que llegarán a todos los barrios y pedanías de Ciudad Real




Estos son algunos de los proyectos municipales que se acometerán con cargo al Fondo Estatal de Ayuda Local, algunos de ellos aprobados ya por la Junta de Gobierno Local y otros en fase de elaboración por un montante global de 12.500.000 euros.

La Alcaldesa de Ciudad Real Rosa Romero, dijo que 'esta ayuda del gobierno que recibimos con los brazos abiertos es puntual y sólo para este año pero no es la solución definitiva que necesitamos los Ayuntamientos, que es un nuevo modelo de financiación local que nos garantice presupuesto para ese 30% de competencias impropias que realizamos todos los Ayuntamientos y que es lo que verdaderamente estamos reclamando'.

No obstante, esos 12.500.000 euros del gobierno central se van invertir, según la alcaldesa, 'en aquellas áreas que mejorarán nuestro modelo de ciudad; una ciudad más sostenible y mejor para todas las personas'.

Por tanto, se va a actuar en todos y cada uno de los barrios de la capital y en las tres pedanías y en obras de pequeño tamaño porque lo que se pretende, según la primer edil 'es ayudar a las pequeñas empresas locales para que éstas mantengan sus puestos de trabajo'.

Mención aparte merecen los anejos, ya que en Valverde, Las Casas y La Poblachuela, se va a invertir casi 4 veces más de lo que les correspondería si fueran un municipio independiente. En este sentido, Rosa Romero ha explicado que por el número de habitantes que tienen, entre 400 y 500 habitantes cada uno de ellos, les corresponderían 75.000 euros, y en el caso de Valverde se va a remodelar y reformar la Plaza de la Iglesia por valor de 250.000 euros y en Las Casas se van a invertir 150.000 euros en obras de mejora de acerados y de la plaza.

A grandes rasgos, el montante mayor de obras se llevará a cabo en instalaciones deportivas; más de 3.500.000 euros para remodelaciones y nuevas infraestructuras como será una ciudad deportiva en el entorno del Hospital General. Le sigue las actuaciones en materia de peatonalizaciones y accesibilidad con 3.200.000 euros, en sostenibilidad con 2.500.000 euros y alrededor de 600.000 euros para iluminaciones.

Proyectos aprobados por la Junta de Gobierno Local

La alcaldesa ha sido prolija en su información y ha detallado uno a uno los proyectos ya aprobados por la Junta de Gobierno Local.

Son muchos los que completan esta lista, y entre los que destacan, la rehabilitación del entorno de la Puerta de Toledo con una nueva reordenación del tráfico y la construcción de una rotonda, la instalación de un campo de fútbol 7 en el Rey Juan Carlos, soterramiento de contenedores por más de 1.350.000 euros, la remodelación del Pasaje Gutiérrez Ortega, reformas en el Museo López-Villaseñor y Centro Social de la Poblachuela, reforma y adecuación de la zona verde del pinar de la calle Tomelloso, y mejoras de zonas verdes del Barrio de San Vicente de Paúl y algunas medianas de carreteras, y de pavimento de la vía verde y alumbrado público en algunas calles del Barrio del Pilar.

Proyectos en los que se está trabajando

Hay otra serie de proyectos de obras ya elaborados y que están a falta de su aprobación por la Junta de Gobierno, pero que Rosa Romero también ha querido dar a conocer. En su mayoría se refieren a pequeñas obras de pavimentación, asfaltado, acerados, accesibilidad y alumbrado en calles, pero entre ellos también destacan y sobresalen importantes actuaciones como la peatonalización del tramo de la Calle Toledo hasta la Calle Calatrava, nuevas rotondas en la entrada de la estación del AVE y en la Avda. Reyes Católicos con Avda. Fuensanta, reforma del Pasaje San Isidro, y la construcción de una nueva ciudad deportiva en el entorno del Hospital General que llevará un campo de fútbol , 4 pistas de padel de cristal, 4 de tenis, gradas, vestuario, iluminación y cerramiento.

En materia deportiva, también se cambiará la iluminación del campo de hierba del Rey Juan Carlos, se instalarán placas solares en las piscinas cubiertas y se construirá un campo de fútbol 11 en Larache, pistas de padel y tenis en el Puerta de Santa María, y pistas deportivas en los Parques de Atocha y Cementerio. La remodelación de las plazas de Valverde y Las Casas y la reforma de la cubierta del Teatro Quijano, completan las inversiones en obras que el Consistorio está acometiendo en este 2009.

El Ivvsa cierra el martes el plazo para optar a la compra de 22 VPP en el centro histórico de la ciudad de Valencia

El Instituto Valenciano de Vivienda (Ivvsa) cerrará el próximo martes, 26 de mayo, el periodo de inscripción para optar a 22 nuevas viviendas de protección pública (VPP), que se ofertan en diferentes emplazamientos del centro histórico de la ciudad de Valencia, según informó la Generalitat en un comunicado.

En concreto, las viviendas protegidas se distribuyen entre las calles Moret (9), Santa Elena (4), Santo Tomás (7) y en la plaza Espacio Público Santo Tomás (2). Todas ellas se facilitarán en régimen de compraventa.

Una vez concluido el periodo de inscripción, el Ivvsa elaborará un listado, primero provisional y luego definitivo, de las solicitudes admitidas para el sorteo, en el que se adjudicarán definitivamente las viviendas a su propietarios.

El gerente del Ivvsa, Javier Sogorb, explicó que esta bolsa de viviendas en el centro histórico de Valencia se abrió hace cuatro años, con el objetivo de "beneficiar sobre todo a las familias más jóvenes", ya que la zona "siempre ha sido un enclave muy atractivo para aquellos que quieren acceder a la primera vivienda", indicó.

Las 22 VPP ofertadas tienen superficies que van desde los 51 metros hasta los 90 metros cuadrados, con distintas distribuciones. "Esto permitirá que los ciudadanos inscritos compren la vivienda que mejor se ajuste a sus necesidades, a un precio muy inferior al del mercado libre", indicó al respecto Sogorb.

En concreto, la promoción de nueve viviendas protegidas en la calle Moret nº 5 cuenta con inmuebles de 52 a 87 metros cuadrados, con dos o tres habitaciones, una plaza de aparcamiento y un trastero. Mientras, en la calle Santa Elena nº 4 se han construido cuatro VPP, de entre 51 y 57 metros cuadrados, con dos dormitorios.

Por su parte, en la plaza Espacio Público Santo Tomás nº 2 se ofertan dos VPPs de 53 metros cuadrados útiles, y por último, en la calle Santo Tomás se está construyendo una promoción de siete viviendas, de entre 60 y 90 metros cuadrados, con dos y tres habitaciones.

El listado provisional de admitidos y de excluidos en esta oferta se expondrán en la página web del Ivvsa (www.ivvsa.es) y estará a disposición de los interesados en las dependencias del Instituto en Valencia (calle En Bou nº9-11, avenida de la Plata nº50, calle Vinatea nº 14). También se podrá acudir a las oficinas de Castellón (plaza Huerto Sogueros nº7) y a las de Alicante (calle Gerona nº4).

Durante el plazo de 15 días naturales desde el inicio del periodo de exposición se podrán formular alegaciones. Una vez resueltas, se publicará la lista definitiva de admitidos, en la que se les asignará un número de participación para el sorteo definitivo.

El POM de Ciudad Real prevé que la carretera de Carrión sea un gran polo Industrial - La alcaldesa destaca el Documento Inicial del POM


El Documento Inicial del Plan de Ordenación Municipal (POM) recoge que la zona de la carretera de Carrión puede expandirse en cuanto a sus posibilidades de suelo productivo y convertirse en el gran polo industrial de la ciudad.

El concejal delegado del área de Urbanismo, Francisco Cañizares, explicó a este periódico que es una zona que tiene bastantes posibilidades de crecimiento y que pueden suponer «dos o tres millones de metros cuadrados», ya que recordó que Sepes dispone de un millón, por lo que matizó «podría ser el doble o el triple de Sepes».

El incremento en cuanto a suelo productivo sería muy notable, ya que este polígono dispone en la actualidad de un total de 209.600 metros cuadrados. Así, Cañizares comentó que esos terrenos podrían destinarse a un polígono industrial o una ciudad tecnológica, entre otras posibilidades, que dejan abiertas pues el desarrollo de los mismos depende de la posterior apuesta de los agentes, dijo.

Fuente : latribuna

CASTILLA LA MANCHA REFORMA SU LEY DEL SUELO PARA DAR VIABILIDAD AL SUELO INDUSTRIAL DEL AEROPUERTO DE CIUDAD REAL

El pleno de las Cortes de Castilla-La Mancha aprobó, con el rechazo del Partido Popular, la modificación de la Ley de Ordenación del Territorio y la Actividad Urbanística (LOTAU) que consiste en unas en enmiendas del grupo socialista, relativas a los artículos 42 y 54 del proyecto de ley, de modo que se permite que la división de fincas o segregación de terrenos en suelo rústico para ejecutar los PSI con objeto de desarrollar infraestructuras destinadas a servicios públicos de interés general se lleve a cabo "con sus propias determinaciones" y sin estar sujeto a la regulación establecida para el resto de los terrenos. La enmienda supone que los promotores del aeropuerto de Ciudad Real puedan parcelar los terrenos anejos al mismo y venderlos por separado a empresas que quieran instalarse en ellos, pues con la actual ley sólo podrían actuar en esos terrenos los actuales dueños de los mismos. Desde la tribuna, el 'popular' Leandro Esteban, criticó que la ley se refiera a "un suelo muy concreto, en unas hectáreas muy concretas" y que la modificación no sea para vivienda, porque "no va a vivir nadie en ese suelo" y que, por el contrario, sea un texto "que propone un mecanismo de exención de ella misma en función de intereses tan subjetivos como ser amigo del Gobierno o caerle bien". Cabe recordar que la Ley del suelo de Madrid corrió igual suerte cuando la Comunidad decidió hacer valer su control sobre la operación Chamartín.

Fuente : Inmoley
 

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